Prenda

Heb. 2254 jabal, חבל, raíz prim. «anudar, atar, dar una prenda»; 6162 arabón, עֲרָבוֹן = «prenda» dada como garantía; Talmud, mishkón, מִשְׁכּוֹן, en el sentido legal de algo dado como garantía al acreedor; gr. 728 arrhabón, ἀῤῥαβών = «paga, señal, anticipo, prenda». Aquello que se da como garantía de una obligación o de un préstamo.
Tamar pidió una prenda a Judá y este le entregó su sello, su bordón y su báculo, hasta que él le enviara el cabrito que le había prometido (Gn. 38:17–18). En los pueblos orientales la prenda respaldaba la deuda. Para evitar abusos, la legislación mosaica puso límites a esta práctica. Por ejemplo, el acreedor no podía ir a casa de su deudor a exigir la prenda, sino que tenía que esperar que este se la llevara (Dt. 24:10–13). Si el objeto era un > manto, el acreedor se lo tenía que devolver antes de que se pusiera el sol, porque se trataba de una pieza imprescindible para soportar el frío de la noche (Ex. 22:26, 27; Dt. 24:10). Estaba prohibido tomar en prenda las dos muelas de un molino, o la piedra de debajo, lo que impediría al pobre moler el grano necesario para su comida cotidiana (Dt. 24:6). Tampoco se podía tomar en prenda la ropa de la viuda (Dt. 24:17; cf. Job 24:3). La idea es que no se podía tomar en prenda cosas u objetos de primera necesidad para la vida del deudor.
Con el tiempo, se cometieron muchos abusos tocante a préstamos, prendas e intereses, denunciados por los profetas y sabios de Israel (Prov. 20:16; 27:13; Ez. 18:12; 33:15; Hab. 2:6; cf. Job 22:6; 24:3).
El apóstol San Pablo en tres ocasiones se refiere a la presencia del Espíritu Santo en el creyente como prenda o a arras de la vida eterna (2 Cor. 1:22; 5:5; Ef. 1:14), como «don anticipado» que garantiza el cumplimiento de los prometido. El Espíritu Santo es garantía y al mismo tiempo punto de unión que fortalece la comunión con Cristo. Véase ARRAS, PRÉSTAMO.