Levirato

Lat. levir, de lege vir = «marido por ley»; otra etimología posible, aunque popular entre los romanos, sería laevus vir, es decir, «marido por la mano izquierda», emparentado con otros términos en lenguas indoeuropeas que indican al hermano del marido, es decir, al cuñado. Heb. yabam, יָבָם= «hermano». Antigua costumbre común en el Antiguo Oriente, pero casi inexistente en el mundo de hoy, por la que a la muerte de un marido sin descendientes varones, su hermano tenía que casarse con la viuda para levantarle descendencia. El primer hijo del levirato era considerado entonces, de manera formal, como hijo del difunto.
Esta costumbre se transforma en ley en Dt. 25:5–10. En esta reordenación, se prescribe que la viuda del hermano muerto sin hijos sea tomada como esposa por el hermano superviviente. El primogénito de los hijos de esta nueva unión debía heredar los bienes y el nombre del fallecido (Dt. vv. 5–6). El interesado se podía librar de esta obligación, pero en tal caso debía soportar una reprensión pública, por considerarse un insulto (vv. 7–10); el deber de casarse podía entonces transmitirse a un pariente más lejano (cf. Rt. 4:1–10). Con ello se buscaba mantener la integridad de la familia e impedir la extinción de la estirpe y del nombre de un hombre muerto prematuramente o privado de descendencia. El Talmud contiene una exposición muy sutil de este estatuto (cf. Mishnah, Jebamoth, 3, 1).
El sumo sacerdote parecía estar libre de esta disposición (Lv. 21:13), y es posible que haya habido otras excepciones, especialmente en el caso de personas de edad y prosélitos (Mishnah, Jebam. 11, 2).
Ahora bien, el levirato contradice las prohibiciones del Levítico sobre relaciones incestuosas con la cuñada (18:16; 20:21), a menos que se entienda como una excepción a la regla. Por ejemplo, el hambre de las tropas de David resultó en una suspensión de la prohibición de comer los panes consagrados (cf. 1 Sam 21:1–6; Mc. 2:23–28). En la costumbre y la ley del levirato, la necesidad de la viuda de tener un hijo resulta en la excepción/suspensión de la prohibición contra una relación incestuosa con la cuñada. Es decir, lo prohibido (en general) del Levítico llega a ser un requisito legal en Dt. 25:5–10.
El caso bíblico más representativo y antiguo es el de > Tamar, esposa de > Er, primogénito de Judá. Cuando Er muere repentinamente, joven y sin hijos, lo cual el narrador da por sentado que fue un castigo divino por algún pecado desconocido (Gn. 38:7), entra en acción la costumbre del levirato, y Judá ordena a > Onán, el hermano menor de Er, que se una a su cuñada y cumpla su deber con ella; pero al evitar que su hermano tuviera descendencia por medio de él, Onán murió también por voluntad divina (Gn. 38:8–10). Judá, que habría tenido que enviar a > Selá, su tercer hijo, para tener relaciones sexuales con Tamar y procrear un heredero, que sería reconocido como hijo del difunto Er (v. 11), no quiso hacerlo, sino que dejó a su nuera viuda en casa de su padre. Véase MATRIMONIO, RUT, TAMAR.